El presidente Gustavo Petro amenazó con decretar un segundo aumento del salario mínimo en 2026 si el Banco de la República no baja las tasas de interés, actualmente en 11,25 %. El mandatario busca contrarrestar la política del Emisor, mientras analistas advierten que la medida es legalmente viable pero dispararía la inflación, como ya lo hizo a principio de año..
El panorama económico en Colombia atraviesa una nueva fase de tensión institucional tras las recientes declaraciones del presidente Gustavo Petro. Durante un Consejo de Ministros, el mandatario lanzó una advertencia directa a la junta directiva del Banco de la República: si el emisor no detiene el alza en las tasas de interés, el Gobierno decretará un nuevo incremento del salario mínimo este mismo año.
Petro instruyó al ministro de Hacienda, Germán Ávila, para que prepare la medida, amparándose en el concepto constitucional de "salario vital y móvil", como respuesta a lo que calificó como una "tontería" por parte de la junta del Banco.
Esta amenaza se produce en un contexto donde el salario mínimo ya sufrió un aumento histórico del 23 % para 2026, situándose en $1.750.905 más un auxilio de transporte de $249.095. Como reacción a ese incremento inicial, el Banco de la República ha subido la tasa de interés en 200 puntos básicos en lo que va del año, ubicándola en 11,25 % con el fin de contener la inflación, que actualmente registra un 5,56 %, cifra aún lejana de la meta del 3 %.
La incertidumbre crece de cara a la reunión del próximo jueves 30 de abril, pues el ministro Ávila anunció que no asistirá, lo que podría bloquear la toma de decisiones al no cumplirse el quórum y la presidencia de la sesión exigida por los estatutos del emisor.
Jurídicamente, expertos como el abogado Camilo Cuervo señalan que el presidente sí tiene la facultad de emitir un nuevo decreto para subir el salario, ya que estos actos gozan de presunción de legalidad hasta que el Consejo de Estado determine lo contrario.
Sin embargo, analistas advierten que una medida de este tipo tendría efectos inmediatos y potencialmente devastadores en la economía, alimentando una espiral inflacionaria que terminaría afectando con mayor rigor a los sectores más vulnerables de la población.
La Ley 278 de 1996 no otorga al presidente la facultad de decretar incrementos extraordinarios del salario mínimo fuera del proceso anual regular. Para que el Gobierno pueda modificar el salario mínimo en cualquier otro momento del año, tendría que declararse una emergencia económica (con las restricciones que ello implica según la Constitución) o aprobarse una reforma legal específica que habilite este tipo de medidas.
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