Área metro - Bucaramanga - Febrero 05 de 2026 - 05:33 PM

CNE revocó candidatura de Henry Riaño Castillo a la Cámara por Santander

l CNE revocó la inscripción de Henry Riaño Castillo como candidato a la Cámara por Santander al establecer una inhabilidad constitucional por el cargo directivo ejercido por su hija en Cimitarra. La decisión fue unánime.

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El Consejo Nacional Electoral tomó una decisión definitiva en Bogotá que altera el tablero político de Santander de cara a las elecciones legislativas de 2026. En horas de la tarde, y tras un estudio jurídico y probatorio exhaustivo, la autoridad electoral resolvió revocar la inscripción de Henry Riaño Castillo como candidato a la Cámara de Representantes por Santander, avalado por el Partido Conservador Colombiano. La medida se adoptó por unanimidad de los nueve magistrados del CNE, al establecerse que existía una inhabilidad constitucional vigente relacionada con el ejercicio de autoridad administrativa por parte de una familiar en primer grado de consanguinidad dentro de la misma circunscripción electoral.


La determinación quedó formalizada mediante la Resolución No. 003144, documento en el que la Sala Plena del CNE concluyó que la candidatura no podía mantenerse en firme al encontrarse comprometida por una prohibición expresa de la Constitución Política. El análisis se centró en la aplicación del numeral 5 del artículo 179, que establece restricciones claras para aspirar al Congreso cuando existen vínculos familiares con funcionarios que ejercen autoridad en el territorio.


Según el expediente evaluado, la inhabilidad se deriva del parentesco directo entre Henry Riaño Castillo y su hija, Karol Marcela Riaño Hernández, quien habría ocupado el cargo de Secretaria de Desarrollo Comunitario del municipio de Cimitarra, en el departamento de Santander. Para el CNE, este puesto corresponde a un nivel directivo con funciones que implican autoridad civil y administrativa.


Durante el trámite, la autoridad electoral solicitó información oficial a la Alcaldía de Cimitarra con el fin de verificar la naturaleza del cargo, el periodo exacto de ejercicio y el alcance de las funciones desempeñadas por la funcionaria. A estos elementos se sumó la revisión del registro civil que acreditó el vínculo de consanguinidad en primer grado entre ambos.


Con base en ese conjunto probatorio, los magistrados concluyeron que se cumplían todos los presupuestos legales y constitucionales para revocar la inscripción, dejando sin efectos la aspiración de Riaño Castillo a la Cámara de Representantes en las elecciones previstas para el 8 de marzo de 2026.


Fuentes cercanas al proceso confirmaron que la demanda que dio origen a la decisión fue impulsada, entre otros, por Alejandro Cárdenas, ex candidato a la Alcaldía de Cimitarra. El mismo actor político también estaría promoviendo actualmente un proceso de revocatoria del mandato contra el alcalde del municipio, Luis Hernando Santamaría Ariza.


La decisión del CNE no solo impacta de manera directa al Partido Conservador en Santander, sino que reaviva el debate sobre el control a las inhabilidades y el alcance de las prohibiciones constitucionales en los procesos electorales. Con este fallo, la autoridad electoral reafirma su rol como garante del cumplimiento estricto de las reglas que rigen la competencia política en el país.

Publicado por Redacción Ké Se Dice
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