El Juzgado Veinticuatro Penal Municipal sancionó con dos días de arresto y multa al contralor de Bucaramanga, Juan Diego Rodríguez Cortés, por desacatar la tutela que ordenaba el reintegro de Zobeida Pinzón Narciso, funcionaria con una discapacidad severa desvinculada por la entidad.
En una decisión de alto impacto judicial, el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bucaramanga declaró en desacato a Juan Diego Rodríguez Cortés, actual Contralor de Bucaramanga. La sanción impuesta consiste en dos días de arresto y una multa equivalente a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, fundamentada en la omisión sistemática de la entidad de control fiscal para cumplir una sentencia de tutela de segunda instancia, proferida el pasado 28 de mayo, que protegía los derechos fundamentales de Zobeida Pinzón Narciso, exfuncionaria de la institución.
El conflicto jurídico tiene su origen en la desvinculación de Pinzón Narciso, abogada especialista en derecho administrativo, quien presenta una pérdida de capacidad laboral calificada en un 88,96 %, lo que le otorga una condición de especial protección constitucional debido a su necesidad de dependencia de terceros. Pese a que esta condición clínica era plenamente conocida por la administración de la Contraloría, la entidad procedió a su desvinculación invocando una reestructuración de la planta de personal amparada en los Acuerdos Municipales 035 y 036 de 2025. Tras la acción de tutela presentada por la afectada, la justicia ordenó su reintegro inmediato a un cargo compatible con su estado de salud o, en su defecto, el pago autónomo de sus salarios y prestaciones para salvaguardar su mínimo vital mientras la justicia ordinaria dirime el fondo del asunto.
El argumento de la "imposibilidad material" frente al mandato judicial
Durante el incidente de desacato, la defensa de la Contraloría de Bucaramanga intentó justificar su inacción alegando una supuesta "imposibilidad material, presupuestal y jurídica". La entidad argumentó que el cargo que ocupaba Pinzón Narciso había sido suprimido, que las vacantes de carrera estaban reportadas ante la Comisión Nacional del Servicio Civil y que realizar pagos sin una prestación efectiva del servicio constituiría una violación a la legalidad del gasto público.
Sin embargo, la jueza Leidy Liceth Hernández Morales desestimó estos argumentos con severidad, calificándolos como un "abierto desconocimiento" del orden constitucional. En el fallo, la togada enfatizó que todas las limitaciones administrativas esgrimidas por el contralor ya habían sido analizadas por el juez de circuito en su momento, por lo cual no constituían una excusa legítima para evadir el cumplimiento. "La conducta desplegada por el representante legal de la Contraloría Municipal de Bucaramanga no estuvo dirigida al cumplimiento efectivo de la sentencia de tutela, sino a sostener reiteradamente las razones por las cuales, a juicio de la entidad, la orden impartida no podía ejecutarse", sentenció la jueza, señalando una conducta renuente y dilatoria por parte del funcionario.
Siguiente paso procesal y alcance de la sanción
El juzgado también puso en duda la buena fe de la entidad al señalar que el contralor nunca aportó estudios técnicos ni manuales de funciones que demostraran una verdadera imposibilidad de reubicar a Zobeida Pinzón Narciso. La exfuncionaria, por su parte, ha mantenido que, pese a sus limitaciones físicas, conserva intactas sus facultades cognitivas e intelectuales, lo que le permitiría seguir desempeñando su labor con los ajustes razonables necesarios en su entorno laboral.
La orden de arresto contra Juan Diego Rodríguez Cortés es de efecto inmediato. No obstante, el expediente ha sido remitido a reparto ante los Jueces Penales del Circuito de Bucaramanga para surtir el grado jurisdiccional de consulta, un trámite obligatorio en estos casos. En el evento de que la instancia superior confirme la providencia de la jueza Hernández Morales, la orden de detención será enviada al sistema de la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional (DIJIN) para que el contralor sea conducido al centro de reclusión que se designe para cumplir con los dos días de arresto. Este fallo sienta un precedente crítico sobre la obligatoriedad de proteger la estabilidad laboral reforzada frente a procesos de reestructuración administrativa en las entidades públicas de la capital santandereana.
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