País - Abril 09 de 2026 - 03:43 PM

Autorizan a propietarios a sacar a los malos inquilinos y recuperar su vivienda en estos casos

Tener un inmueble en arriendo puede convertirse en una fuente estable de ingresos, pero también implica retos cuando el inquilino incumple sus obligaciones. En Colombia, la ley establece mecanismos claros para que los propietarios recuperen sus bienes cuando se presentan situaciones como mora en pagos o problemas de convivencia. Uno de estos mecanismos es el proceso de restitución de inmueble arrendado, una figura legal que permite al arrendador solicitar la devolución del bien, así como el pago de deudas pendientes. Este procedimiento puede incluir cobros por cánones atrasados, servicios públicos, cuotas de administración e incluso indemnizaciones por daños o perjuicios. Antes de acudir a un proceso judicial, la normativa contempla la conciliación como una primera vía para resolver el conflicto. A través de este mecanismo, el propietario puede presentar su caso ante un centro de conciliación, donde se busca llegar a un acuerdo con el arrendatario sobre la entrega del inmueble y el pago de las obligaciones. Este procedimiento está respaldado por diferentes normas del ordenamiento jurídico colombiano, entre ellas la Ley 640 de 2001 sobre conciliación, la Ley 820 de 2003 que regula el arrendamiento de vivienda urbana, y otras disposiciones relacionadas con procesos civiles. Para iniciar el trámite, el arrendador debe presentar una solicitud formal en un centro de conciliación, incluyendo la identificación de las partes, los hechos que motivan la reclamación y las pretensiones. También es necesario aportar pruebas y datos de contacto para notificaciones. Una vez radicada la solicitud, se designa un conciliador en pocos días, quien citará a las partes a una audiencia. Este encuentro puede repetirse hasta en tres ocasiones si alguna de las partes no asiste inicialmente. Durante la audiencia pueden darse distintos escenarios. Si ambas partes logran un acuerdo, este queda consignado en un acta con fuerza legal, donde se fijan condiciones claras, como la fecha de entrega del inmueble. En caso de incumplimiento, el documento permite agilizar un proceso judicial posterior. Si no hay acuerdo o el arrendatario no comparece, el propietario puede acudir a un juez para solicitar la restitución del inmueble mediante un proceso formal, lo que implica una etapa judicial más extensa. Por otro lado, en algunos casos los arrendatarios optan por ceder el contrato a un tercero como alternativa para evitar conflictos, siempre que esta opción esté contemplada en el contrato y cumpla con los requisitos exigidos por el arrendador o la inmobiliaria. En todo caso, las autoridades recomiendan agotar primero las vías de conciliación, ya que pueden ofrecer soluciones más rápidas y menos costosas, evitando procesos judiciales prolongados.

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Tener un inmueble en arriendo puede convertirse en una fuente estable de ingresos, pero también implica retos cuando el inquilino incumple sus obligaciones. En Colombia, la ley establece mecanismos claros para que los propietarios recuperen sus bienes cuando se presentan situaciones como mora en pagos o problemas de convivencia.


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Uno de estos mecanismos es el proceso de restitución de inmueble arrendado, una figura legal que permite al arrendador solicitar la devolución del bien, así como el pago de deudas pendientes. Este procedimiento puede incluir cobros por cánones atrasados, servicios públicos, cuotas de administración e incluso indemnizaciones por daños o perjuicios.


Antes de acudir a un proceso judicial, la normativa contempla la conciliación como una primera vía para resolver el conflicto. A través de este mecanismo, el propietario puede presentar su caso ante un centro de conciliación, donde se busca llegar a un acuerdo con el arrendatario sobre la entrega del inmueble y el pago de las obligaciones.


Este procedimiento está respaldado por diferentes normas del ordenamiento jurídico colombiano, entre ellas la Ley 640 de 2001 sobre conciliación, la Ley 820 de 2003 que regula el arrendamiento de vivienda urbana, y otras disposiciones relacionadas con procesos civiles.


Para iniciar el trámite, el arrendador debe presentar una solicitud formal en un centro de conciliación, incluyendo la identificación de las partes, los hechos que motivan la reclamación y las pretensiones. También es necesario aportar pruebas y datos de contacto para notificaciones.


Una vez radicada la solicitud, se designa un conciliador en pocos días, quien citará a las partes a una audiencia. Este encuentro puede repetirse hasta en tres ocasiones si alguna de las partes no asiste inicialmente.


Durante la audiencia pueden darse distintos escenarios. Si ambas partes logran un acuerdo, este queda consignado en un acta con fuerza legal, donde se fijan condiciones claras, como la fecha de entrega del inmueble. En caso de incumplimiento, el documento permite agilizar un proceso judicial posterior.


Si no hay acuerdo o el arrendatario no comparece, el propietario puede acudir a un juez para solicitar la restitución del inmueble mediante un proceso formal, lo que implica una etapa judicial más extensa.


Por otro lado, en algunos casos los arrendatarios optan por ceder el contrato a un tercero como alternativa para evitar conflictos, siempre que esta opción esté contemplada en el contrato y cumpla con los requisitos exigidos por el arrendador o la inmobiliaria.


En todo caso, las autoridades recomiendan agotar primero las vías de conciliación, ya que pueden ofrecer soluciones más rápidas y menos costosas, evitando procesos judiciales prolongados.

Publicado por Redacción Ké Se Dice
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En Bucaramanga, durante un operativo desarrollado en los últimos días, unidades del GAULA de la Policía Nacional lograron capturar a dos personas cuando recibían cinco millones de pesos exigidos a un comerciante de la ciudad. La acción, resultado de un plan antiextorsión apoyado en análisis técnico y seguimiento audiovisual, permitió desarticular una modalidad de intimidación basada en amenazas digitales, suplantación de grupos armados y presión directa sobre establecimientos comerciales. La investigación no comenzó con la captura, sino con el temor de un comerciante que empezó a recibir mensajes y llamadas en las que le exigían dinero a cambio de no atentar contra su negocio. Las comunicaciones no eran genéricas: incluían fotografías recientes de su establecimiento y advertencias que buscaban generar pánico inmediato. Según el trabajo judicial, los responsables se hacían pasar por integrantes de estructuras armadas como el EGC y el ELN, utilizando esa falsa identidad para dar credibilidad a las amenazas. Las exigencias económicas variaban entre uno y cinco millones de pesos, dependiendo de la supuesta “capacidad de pago” de cada víctima. A partir de la denuncia, el GAULA activó un plan antiextorsión que se extendió por varios sectores de Bucaramanga. Durante semanas, los investigadores revisaron más de 200 cámaras de seguridad públicas y privadas, además de analizar cerca de 300 horas de grabaciones, con el objetivo de reconstruir los movimientos de los sospechosos y establecer patrones de comportamiento. Ese seguimiento permitió identificar no solo el punto y la modalidad de entrega del dinero, sino también la posible existencia de otras víctimas que habrían sido contactadas bajo el mismo esquema de intimidación. Con la información recopilada, se coordinó el operativo que culminó con la captura en flagrancia. El procedimiento se realizó en el momento exacto en que los dos señalados recibían los cinco millones de pesos producto de la extorsión. En su poder fueron hallados varios elementos que ahora hacen parte del proceso judicial, entre ellos una motocicleta utilizada para los desplazamientos, dos teléfonos celulares y panfletos extorsivos presuntamente empleados para reforzar las amenazas. Las autoridades consideran que este caso evidencia una modalidad creciente de extorsión basada en el uso de tecnología y en la suplantación de organizaciones armadas para infundir miedo sin pertenecer realmente a ellas. El material incautado será clave para establecer si los capturados están vinculados con otros hechos similares en la ciudad. Desde la Policía Nacional reiteraron que la denuncia oportuna fue determinante para evitar que el comerciante siguiera siendo víctima de presiones económicas y para avanzar en la identificación de los responsables. Asimismo, insistieron en que ningún ciudadano debe acceder a este tipo de exigencias. El caso quedó en manos de la Fiscalía General de la Nación, mientras el GAULA mantiene abiertas otras líneas de investigación derivadas del análisis de cámaras y comunicaciones, con el fin de ubicar a posibles cómplices y proteger a otros comerciantes.

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