El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que fijó el salario mínimo de 2026 con un aumento del 23,7 %. Ordenó al Gobierno expedir en ocho días un nuevo decreto ajustado a criterios legales y técnicos.
En una decisión sin precedentes recientes, el Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del decreto mediante el cual el Gobierno Nacional había fijado el salario mínimo para 2026 con un incremento del 23,7 %, el más alto registrado hasta ahora. La determinación obliga al Ejecutivo a replantear el ajuste mientras se resuelve de fondo la legalidad de la medida.
El alto tribunal venía analizando varias demandas interpuestas contra el Decreto 1469, expedido para establecer el nuevo monto del salario mínimo. Los accionantes sostienen que el porcentaje aprobado no se sustentó en los criterios técnicos y macroeconómicos exigidos por la normatividad vigente, en particular los contemplados en la Ley 278 de 1996.
Como medida cautelar, la corporación ordenó al Gobierno expedir, en un plazo máximo de ocho días calendario contados a partir de la notificación de la providencia, un nuevo decreto de carácter transitorio. Ese acto administrativo deberá fijar un porcentaje provisional de incremento que se ajuste estrictamente a los parámetros económicos y constitucionales previstos por la ley, y regirá mientras se profiere sentencia definitiva dentro del proceso.
En el auto, el Consejo de Estado precisó que el Ejecutivo deberá aplicar de manera integral los criterios establecidos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, así como el desarrollo jurisprudencial correspondiente. El tribunal enfatizó que esta orden busca garantizar el respeto al marco normativo mientras se define la validez del decreto demandado.
La corporación también explicó que las medidas cautelares tienen como finalidad preservar el objeto del litigio y asegurar la efectividad de una eventual sentencia favorable a los demandantes. No obstante, aclaró que la suspensión no constituye un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del asunto, es decir, sobre si el aumento decretado se ajusta o no a derecho.
El antecedente más cercano de una intervención similar se remonta a 2017, cuando el mismo tribunal anuló un decreto de salario mínimo, aunque en esa ocasión la decisión obedeció a que el incremento fijado resultaba insuficiente y se ordenó su reajuste al alza.
Con esta determinación, el Gobierno deberá recalcular el incremento bajo los lineamientos técnicos exigidos, en medio de un debate jurídico y económico que podría tener efectos directos sobre trabajadores, empleadores y la estabilidad fiscal del país.
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