Un juez revocó la medida cautelar que impedía al candidato presidencial Abelardo De La Espriella vestir la camiseta de la Selección Colombia en campaña. La decisión inicial de la jueza Aurora Forero fue desestimada, luego de que el ciudadano Wilmar Bocanegra interpusiera una tutela por presunta vulneración a la igualdad.
La campaña hacia la presidencia de la República para el periodo 2026-2030 sumó dos decisiones judiciales consecutivas que modifican las reglas de juego en el uso de prendas y emblemas institucionales por parte del candidato del movimiento ‘Defensores de la Patria’, Abelardo De La Espriella, de cara a la segunda vuelta electoral.
En un primer pronunciamiento, un juez de la República dejó sin efecto la medida cautelar que le prohibía al aspirante presidencial vestir la camiseta de la Selección Colombia durante sus eventos proselitistas y actos públicos. Esta restricción había sido impuesta una semana antes por la Jueza 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, Aurora Forero, al aceptar una acción de tutela interpuesta por el ciudadano Wilmar Bocanegra, quien argumentaba una presunta vulneración al derecho a la igualdad al utilizar la indumentaria deportiva oficial como distintivo de campaña.
En el fallo revocado, la jueza Forero argumentaba la necesidad de resguardar mínimos democráticos en la coyuntura electoral: “Esta sede constitucional debe precisar que en estos momentos de coyuntura electoral los dos candidatos que han pasado para la segunda vuelta para que defina próximamente su elección como Presidente de la República para el periodo 2026 al 2030, es importante resguardar unos mínimos derechos que le asiste a todo el conglomerado social que hace parte de esta nación, que se ha erigido como un Estado Social, Democrático, participativo, pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general, conforme lo señala el artículo 1º de la Constitución Política”.
A pesar del levantamiento de este veto, que habilitó nuevamente el uso de la prenda, un magistrado de Bogotá emitió de forma paralela una nueva orden restrictiva en contra de la misma campaña. La decisión responde a una medida cautelar derivada de otra tutela introducida por el ciudadano Dylan Lizarazo Ramos. En este nuevo mandato judicial, se le otorgó a De La Espriella un término perentorio de 24 horas para retirar toda la publicidad política, piezas digitales o elementos propagandísticos que incluyan de manera explícita la bandera de Colombia, el escudo nacional, las estrofas del himno o cualquier otro símbolo patrio.
El uso de la camiseta de la Selección Colombia ha sido una constante en la estrategia del candidato de 'Defensores de la Patria', quien incluso instó públicamente a los sufragantes en el exterior a acudir a las urnas portando dicha indumentaria durante la primera vuelta. Esta conducta motivó reclamos formales de su rival político, Iván Cepeda, quien elevó una solicitud de pronunciamiento institucional a la Federación Colombiana de Fútbol, petición que fue rechazada de plano por la entidad deportiva.
Respecto a las controversias jurídicas en los estrados, Gustavo García Méndez, abogado especialista en Derecho Laboral y consultor político, cuestionó el alcance de las primeras decisiones de tutela: “Indudablemente el juez excede las competencias que le otorga la Ley. Indudablemente la justicia no es competente para resolver estas situaciones que son del Consejo Nacional Electoral. En la sabiduría de la segunda instancia, que es la Corte Suprema de Justicia, será revocar la decisión que viola los derechos y las libertades de los ciudadanos que decidan pronunciarse sin la utilización de los emblemas nacionales, que no son utilizados por la campaña”.
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