La Alcaldía de Bucaramanga ordenó ley seca desde el 6 hasta el 8 de agosto con motivo de la posesión presidencial. La norma restringió el transporte de escombros, mudanzas y cilindros de gas, prohibiendo además el uso de drones cerca de sedes gubernamentales.
La Alcaldía de Bucaramanga expidió de manera oficial un paquete de medidas preventivas de orden público destinadas a regir en toda la jurisdicción urbana durante la trascendental jornada institucional de la posesión presidencial programada para este viernes 7 de agosto. Entre las decisiones de mayor alcance adoptadas por la administración local figuran la implementación de la ley seca en todo el municipio, la aplicación de restricciones operativas para la movilización de determinado tipo de vehículos de carga y materiales, así como la prohibición absoluta para el sobrevuelo de aeronaves no tripuladas o drones en las inmediaciones de edificaciones públicas y estratégicas. La finalidad central de estas disposiciones es blindar la tranquilidad ciudadana y prevenir cualquier alteración de la seguridad durante el desarrollo de los actos protocolarios del cambio de mando nacional.
El marco legal y normativo que sustenta este paquete de medidas quedó formalmente plasmado en el Decreto 0320 con fecha del 5 de agosto de 2026. El documento lleva la firma del alcalde de la ciudad, Cristian Fernando Portilla Pérez, y fue proyectado tras evaluar detalladamente las recomendaciones técnicas y los informes de riesgo presentados previamente por la Policía Metropolitana de Bucaramanga y por los integrantes del Consejo Municipal de Seguridad. Según lo expuesto por el gobierno municipal, las acciones fijadas en el acto administrativo buscan mitigar los factores de riesgo y asegurar un clima de completa normalidad pacífica mientras se lleva a cabo la ceremonia oficial en la que el presidente electo, Abelardo de la Espriella, asumirá la conducción del Poder Ejecutivo del país.
En lo que respecta a las limitaciones específicas para el expendio y consumo de bebidas embriagantes, el articulado del decreto estipula de forma precisa los horarios de inicio y finalización del veto. De acuerdo con el texto normativo, la ley seca comenzará a regir a partir de las 6:00 de la tarde del jueves 6 de agosto y mantendrá su vigencia de manera ininterrumpida hasta las 6:00 de la mañana del sábado 8 de agosto. Durante la ventana de tiempo estipulada, las autoridades locales prohibieron categóricamente la comercialización, venta y consumo de cualquier tipo de bebida alcohólica tanto en establecimientos comerciales abiertos al público como en espacios públicos. La prohibición abarca igualmente el consumo en recintos o espacios de carácter privado cuando las actividades o los efectos derivados del consumo trasciendan hacia el espacio público o generen impacto en la vía pública.
Por otra parte, el decreto municipal incorporó restricciones operativas enfocadas en el tránsito y transporte terrestre para mitigar riesgos logísticos o de seguridad en las vías de la capital santandereana. En ese sentido, quedó totalmente restringido el transporte y traslado de escombros, materiales de construcción, trasteos o mudanzas, así como el desplazamiento de cilindros de gas propano y el transporte de sustancias o materiales peligrosos dentro del perimetral urbano de la ciudad. A la par de estas limitaciones de carga, la Alcaldía de Bucaramanga dictó la prohibición expresa de operar o hacer volar sistemas de aeronaves pilotadas a distancia, conocidos comúnmente como drones, fijando un radio de exclusión aérea de dos kilómetros alrededor de edificaciones administrativas, sedes gubernamentales, instalaciones directas de la Policía Nacional y guarniciones de las Fuerzas Militares. Asimismo, los despachos de control reiteraron que se mantendrá el estricto cumplimiento y la fiscalización de la normativa vigente en relación con el uso, comercialización y manipulación de pólvora o productos pirotécnicos.
Al fundamentar la expedición de estas medidas, la administración de Bucaramanga explicó que las restricciones responden a la necesidad institucional de prevenir alteraciones directas al orden público en el transcurso de uno de los eventos democráticos y protocolares de mayor relevancia en la agenda del país. En las consideraciones del acto administrativo se recordó de manera explícita que la propia Policía Metropolitana solicitó la adopción formal de estas acciones especiales de control como un mecanismo de apoyo clave para reforzar el esquema de seguridad antes, durante y después de que concluya la ceremonia de transmisión del mando presidencial.
De igual forma, la normativa municipal dejó en claro el esquema de control, supervisión y sanción que se aplicará frente a eventuales infractores de las medidas. El documento fija que la vigilancia, el patrullaje y la verificación del cumplimiento de todas las restricciones quedarán a cargo de las unidades de la Policía Nacional, los cuadrantes de las autoridades de tránsito municipal y los demás organismos de control competentes. Estas entidades fueron investidas con la facultad legal para imponer los comparendos y las sanciones contempladas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y demás normatividad vigente a las personas naturales o jurídicas que incumplan las prohibiciones. Finalmente, el Decreto 0320 precisó que la suspensión de los permisos para el porte de armas de fuego operará en estricta consonancia con las reglamentaciones que disponga el Gobierno Nacional y las autoridades militares a nivel central, asignando a los mandos militares territoriales la responsabilidad de velar por su estricto cumplimiento durante el mismo periodo en que permanezcan vigentes las demás restricciones en la ciudad.
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